Unidad de Riesgos Profesionales
Esta Unidad es dependiente del Departamento de Medicina, Higiene y Seguridad Ocupacional de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, encargada de realizar el trámite legal administrativo a los trabajadores afectados por un riesgo profesional (accidente de trabajo o enfermedad profesional).
¿Cual es nuestro objetivo?
Vigilar y garantizar el cumplimiento de los derechos laborables por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores y trabajadoras.
¿Qué hacemos?
Orientación y asesoría a empleadores y trabajadores, tramite legal de los casos por riesgos profesionales, cálculo matemático para las indemnizaciones, sensibilización y capacitación en relación a derechos laborales y prevención de discapacidad por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
¿Cómo nos enfocamos?
Enfoque temático
- Accidentes de trabajo
- Enfermedades Profesionales
- Reubicación de puestos
- Orientación y asesoría para reclamo de riesgos profesionales
¿Qué es riesgo profesional?
Según articulo 402 del Código de Trabajo vigente son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores y trabajadoras a causa de las labores que ejecuta por cuenta ajena, también es toda lesión, enfermedad o agravación que sufra posteriormente el trabajador o trabajadora como consecuencia inmediata e indudable de un accidente de trabajo o enfermedad profesional que haya sido víctima.
¿Que no se considera un accidente de trabajo?
El sufrido durante permisos remunerados o no, así sean sindicales o en actividades deportivas recreativas, y cultural donde no se actué por cuenta o en representación del patrono.
¿Cuáles son los derechos laborales por riesgo profesional?
Los trabajadores que sufren un riesgo profesional tienen derecho a:
Al pago de indemnización por accidente de trabajo y enfermedad profesional, asistencia mèdica quirúrgica, medicamentos y material de curación, gastos de traslado y hospitalización, otros gastos que incurra para la rehabilitación y a continuar laborando (Código de Trabajo art. 418 al 442 vigente).
¿Cuando prescribe un caso laboral por accidente de trabajo?
Según Código de Trabajo a los dos años si se trata de un trabajador con incapacidad parcial permanente y que no este asegurado contra riesgos profesionales (IHSS) y prescribe al año cuando están afiliados al IHSS y en caso en mortal.
Cuales son los requisitos para el tramite legal administrativo para indemnización por riesgo profesional
1.- Trámite por enfermedad profesional o Accidente de trabajo
· Tarjeta de identidad original y fotocopia, si es menor de edad partida de nacimiento.
· Constancia médica del hospital, clínica o Centro de salud donde fue atendido
2.- Trámite por muerte
· Certificado de acta de defunción.
· Acta de matrimonio si era casado.
· Partida de nacimiento de los hijos.
Para ambos tramites documentos que acrediten gastos médicos en caso de haberlos.

