1) Representar
a los trabajadores o sindicatos formados por los mismos, siempre que lo
soliciten, ante las autoridades competentes, en las diferencias o
conflictos que se susciten entre ellos y sus patronos.
2) Asesorar a los
trabajadores de manera verbal.
3) Asesorar a
profesionales del derecho (apoderados legales de trabajadores cuando lo
requieren)
4) Representar a los
trabajadores en los arreglos Extrajudiciales con el patrono
5) Levantar las
Actas de Conciliación
6) Citar en
legal y debida forma al empleador para que comparezca.
7) Interponer
demandas de los trabajadores ante el Juzgado de Letras del Trabajo
8) Interponer todos
los Recursos Ordinarios y Extraordinarios que sean procedentes para la
defensa de los Trabajadores.
9) Análisis y
elaboración Despidos Indirectos cuando el trabajador no tiene apoderado
privado en caso que proceda.
10) Análisis de los
documentos que presenta el trabajador y Elaboración de Requerimientos,
por incumplimiento de pagos en los arreglos conciliatorios realizados
por la autoridad competente.
11) Atender Consultas
verbales presencial y Vía Teléfono a los trabajadores y patronos.
12) Mediar en
conflictos Colectivos, es decir Empresa- Sindicatos.
13) Representar en
forma oficiosa un incapaz cuando no tenga quien lo represente
14) Representar y
asesorar jurídicamente y extrajudicialmente a trabajadores o grupos de
trabajadores cuando lo soliciten.
15) Otras actividades.
Artículo 635, 639, 641 del Código de Trabajo