Empleo por Hora



Ley de Empleo por Hora: una Ley vigente a partir de 31 de marzo 2014 que te protege contra el despido injustificado, que te da los mismos derechos que un empleado permanente (de manera anticipada ): 8% decimotercero, 8% decimocuarto, 4% auxilio de cesantía, 1 día de vacaciones por mes trabajado, IHSS, capacitaciones y la preferencia para ser empleado permanente.


Servicios:
  • Información pormenorizada a usuarios (empresarios y empleados)
  • Visitas de Socialización de la Ley EPH
  • Capacitaciones y Charlas (estas deben ser solicitadas por las empresas
  • Seguimiento de los procesos de registro de persona jurídica.
  • Acompañamiento (asesorías) para el registro efectivo de los contratos bajo esta modalidad.

Datos importantes para empleados amparados bajo la Ley de Empleo por Hora
¿Cómo se adquieren los derechos?·       
  • De manera inmediata: hora trabajada: Hora Pagada
  • Puedes trabajar en jornadas entre 3 a 8 horas al día, con el máximo igual que los empleados permanentes, las mismas jornadas: diurna, mixta y nocturna

Aprende a sacar el cálculo de tu salario así:

  • La cantidad de horas semanales se  multiplica por el valor de la hora y si tu contrato es por mes, multiplicas tu salario semanal por 4.29 que es el promedio de semanas por mes. (te proporcionamos la tabla de salario de Empleo por Hora)
  •  Si trabajas días feriados y están dentro de la duración de tu contrato, se te pagarán con el recargo doble que corresponde según  la jornada.
  • Tendrás la oportunidad de continuar tus estudios generando tus propios ingresos y a la formación y capacitación por medio del INFOP.
  • Siendo empleado permanente, la ley prohíbe que pases a ser empleado por hora.
  •  Tienes el derecho preferente para ser empleado permanente si estás capacitado y existe la vacante.

Datos importantes para Empresarios usuarios de la Ley de Empleo por Hora

Empresario: para que la Ley de empleo Por Hora te ampare, deberás realizar un proceso de registro.

¿Cómo?

  • Llenas el formato de registro que te proporcionamos, le adjuntas copia del RTN, copia de permiso de operación, copia de la Escritura Pública y la planilla de empleados permanentes de los últimos tres meses; se te dará Constancia de Registro como persona jurídica o natural según sea tu caso.

Tus beneficios:

1. Disminuye tu pasivo labora

2. Eliges tu mano de obra ya sea calificada o no calificada en la jornada de tu conveniencia

3. Al finalizar el contrato, finaliza la relación laboral sin compromiso alguno (derechos previamente pagados  en hora laborada) y decides si inicias una nueva, ya sea bajo la misma modalidad o le das la  opción de permanencia.

4. Generas más oportunidades de empleo y así contribuyes al desarrollo del país


 Tus obligaciones como empresario al contratar por hora:

1. Registrar cada contrato en el departamento de Empleo por Hora de la STSS adjuntando a cada copia de contrato la FEPH-2

2. pago de horas laboradas según tabla que proporciona el departamento de Empleo por Hora

3. Deberás inscribir a tu empleado en el IHSS

4. Le darás un día de vacaciones remunerado por mes trabajado.

            Todos los trámites son completamente gratuitos.

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