Comunicado sobre Protocolos de Bioseguridad en los Centros de Trabajo

El Gobierno de la República a la población en general comunica lo siguiente:

Que ante la presencia en el territorio nacional de la COVID-19 /Coronavirus, y el inminente riesgo de propagación y contagio que este representa, el cual pone en peligro la salud y la vida de los hondureños, obligándonos como país a tomar medidas que limitan el normal funcionamiento de los sectores productivos, económicos y sociales con la finalidad de evitar la propagación de dicho virus.

Por tanto, en aras de prepararnos para una correcta protección de los hondureños, es deber del Estado, velar por la seguridad y salud de trabajadores, empleadores y población en general, así como establecer las medidas y mecanismos de prevención en los centros de trabajo.

En este sentido el Gobierno de Honduras, coloca a disposición de las Empresas e Industrias, “El Manual de Bioseguridad por Motivo de la Pandemia COVID-19 para las Empresas”, con el objetivo de que se apliquen  las medidas establecidas en el mismo; que les permitan ir preparando las empresas para el retorno paulatino y ordenado de las labores y sobre todo creando una cultura de utilización del equipo de protección personal necesarios y la implementación de otras medidas de bioseguridad, como ser mascarillas, guantes, lavado de manos, uso de gel con base de alcohol al 70%, entre otras.

Este manual fué elaborado en colaboración con la Asociación Hondureña de Medicina del Trabajo y Salud Ocupacional (ASOHMET), el Centro de Investigación y Desarrollo en Salud, Trabajo y Ambiente (CIDSTA) de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional Autonomía de Honduras (UNAH) y la Maestría en Gestión de la Salud, Seguridad y Ambiente en el Trabajo de la UNAH, e  instituciones como la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), Secretaría de Salud, Policía Nacional y con la asistencia técnica de la Unión Europea a través del Programa Euro Empleo.

En relación a lo anterior aclaramos que la divulgación de este manual NO CONSTITUYE AUTORIZACIÓN para operar, ni el retorno y/o normalización de las actividades económicas. Sino al contrario, permite la preparación oportuna de los empleadores, sobre las medidas obligatorias que deben aplicar, aquellas empresas que cuenten con autorización para operar durante la emergencia o después de la emergencia según sea el caso.

Actualmente El Gobierno de la República, trabaja en la elaboración de otros protocolos de bioseguridad dirigidos a sectores o industrias que debido a sus operaciones conlleven actividades específicas, y requieran la aplicación de un protocolo con medidas especiales. El citado manual y los protocolos especializados por industrias están disponibles en el sitio web www.trabajo.gob.hn

El Estado, implementará auditorias de verificación para el cumplimiento de los protocolos en las empresas que tienen autorización para operar, como ser: supermercados, gasolineras, farmacias, instituciones financieras, ferreterías, maquilas dedicadas a la producción de equipo biomedico y otras que puedan ser autorizadas para prestar servicios durante la emergencia.

El incumplimiento de las medidas establecidas en los protocolos de bioseguridad ocasionará sanciones, de acuerdo a lo establecido en la legislación nacional y su no observancia puede derivar en el cierre de la operación de la empresa. Además, las personas de la tercera edad y mujeres embarazadas, no deben asistir a sus centros de trabajo. Es obligación de cada empleador proporcionar el transporte a sus trabajadores aplicando las correspondientes medidas de bioseguridad.

Es entendido que toda persona que transite por motivos de trabajo o abastecimiento de alimentos, deberá obligatoriamente portar una mascarilla, de lo contrario, la autoridad del Estado le impedirá su circulación, así mismo, debe respetarse la normativa de circulación según número de identidad.

Tegucigalpa, M.D.C. 16 de abril, 2020

Comunicado sobre Protocolos de Bioseguridad en los Centros de Trabajo