Funciones de la Dirección General de Previsión Social

Funciones de la Dirección General de Previsión Social. Art. 647 Código del Trabajo

Funciones. Decreto PCM 008-97 Art.64 numerales  5 ) y 6)

  • Dirigir y coordinar todas las actividades técnicas y administrativas correspondientes a la Dirección.
  • Delegar funciones, incluyendo la distribución de tareas y la asignación  de responsabilidades del  personal a cargo.
  • Dirigir, coordinar y controlar los programa  de Higiene y Seguridad Ocupacional, Programa Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil, Programa Mujer Trabajadora y Programa de Protección a la Infancia.
  • Regular el cumplimiento de las disposiciones legales sobre régimen de trabajo  de niñez y mujer trabajadora y todo lo relacionado con la salud ocupacional.
  • Asistir al Secretario de Estado y Subsecretario de Estado en los asuntos de competencia de la Dirección General.
  • La formulación del Plan Operativo y Anteproyecto Anual del presupuesto de la Dirección.  Formulación de Proyectos para fortalecer la Dirección.
  • Supervisar y evaluar el funcionamiento, eficacia  y rendimiento del personal  y servicios que presta la Dirección.
  • Coordinar acciones con organismos nacionales e internacionales para el seguimiento a la ejecución de los proyectos de fortalecimiento convenidos.
  • Participar en Eventos Internacionales y Nacionales cuyos temas son vinculantes a los programas que ejecuta la dirección, en representación de la Secretaria de Trabajo.
  • Establecer  la coordinación  intra e interinstitucional que sea necesaria para el buen funcionamiento de la Dirección.
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